domingo, 26 de octubre de 2025

Condiciones generales de trabajo


 

1. Concepto de salario, formas de fijarlo y clasificación

Concepto:
El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Puede consistir en dinero, en parte en especie y debe ser remunerador, suficiente para satisfacer las necesidades normales del trabajador y su familia.
(LFT, art. 82 y 85).

Formas de fijarlo:
Según la Ley Federal del Trabajo (art. 83), el salario puede fijarse:

  • Por unidad de tiempo (hora, día, semana, quincena, mes).

  • Por unidad de obra (pago por pieza o trabajo realizado).

  • Por comisión (porcentaje sobre ventas u operaciones).

  • Por precio alzado (por trabajo completo, sin atender el tiempo empleado).

Clasificación:

  • Salario nominal: cantidad pactada.

  • Salario real: poder adquisitivo del salario nominal.

  • Salario mínimo: cantidad mínima que debe recibir un trabajador para cubrir sus necesidades básicas.

  • Salario integrado: incluye pagos en efectivo, primas, comisiones, prestaciones en especie, etc., según el art. 84 de la LFT.

📘 Referencia APA:
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Ley Federal del Trabajo. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf


2. Concepto de jornada laboral, clasificación y cuantificación de jornada extraordinaria

Concepto:
La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. (LFT, art. 58).

Clasificación (art. 61):

  • Diurna: 8 horas (entre 6:00 y 20:00 hrs).

  • Nocturna: 7 horas (entre 20:00 y 6:00 hrs).

  • Mixta: 7.5 horas (abarca periodos de ambas, siempre que la parte nocturna no exceda 3.5 horas).

Jornada extraordinaria (arts. 66–68):

  • Se considera extraordinaria la que excede de la jornada legal.

  • Máximo: 3 horas diarias, 3 veces por semana (9 horas semanales).

  • Se paga con un 200% del salario normal por hora extra (doble).

  • Si se excede el límite legal (más de 9 horas), se paga con 300% (triple).

Fórmula de pago de horas extras:

Pago por hora extra=Salario por hora×2\text{Pago por hora extra} = \text{Salario por hora} \times 2

(en caso de exceder el límite legal)

Pago por hora extra=Salario por hora×3\text{Pago por hora extra} = \text{Salario por hora} \times 3

📘 Referencia APA:
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Ley Federal del Trabajo (arts. 58–68). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.


3. Concepto de aguinaldo, fecha de pago y cálculo mínimo de ley

Concepto:
El aguinaldo es una prestación anual obligatoria que debe pagarse a todos los trabajadores.
(LFT, art. 87).

Fecha de pago:
Debe entregarse antes del 20 de diciembre de cada año.

Cálculo mínimo:
Equivale a 15 días de salario por año laborado o la parte proporcional si no se cumplió el año.

Fórmula:

Aguinaldo proporcional=(Salario diario×15)×Dıˊas trabajados365\text{Aguinaldo proporcional} = \frac{(\text{Salario diario} \times 15) \times \text{Días trabajados}}{365}

📘 Referencia APA:
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Ley Federal del Trabajo (art. 87). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.


4. Concepto de vacaciones y forma de calcularlas

Concepto:
Las vacaciones son el periodo anual de descanso pagado al que tiene derecho el trabajador, con el fin de reponer sus fuerzas y disfrutar de tiempo libre. (LFT, art. 76).

Duración:

  • A partir del primer año, el trabajador disfruta de 12 días de vacaciones.

  • Se aumentan 2 días por cada año subsecuente hasta llegar a 20, y luego 2 días cada 5 años.

Fórmula para calcular días de vacaciones:

Dıˊas de vacaciones=Dıˊas que correspondan seguˊn antigu¨edad\text{Días de vacaciones} = \text{Días que correspondan según antigüedad}

Pago de vacaciones:
El salario diario se paga íntegro durante el periodo vacacional.

📘 Referencia APA:
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Ley Federal del Trabajo (art. 76). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.


5. Concepto de prima vacacional y forma de calcularla

Concepto:
La prima vacacional es una prestación adicional al salario ordinario durante el periodo de vacaciones, como compensación económica. (LFT, art. 80).

Porcentaje mínimo:
No puede ser menor del 25% sobre los salarios que correspondan a los días de vacaciones.

Fórmula:

Prima vacacional=Salario diario×Dıˊas de vacaciones×0.25\text{Prima vacacional} = \text{Salario diario} \times \text{Días de vacaciones} \times 0.25

📘 Referencia APA:
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Ley Federal del Trabajo (art. 80). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.


6. Concepto de descanso, tipos y cálculo si se labora en día de descanso

Concepto:
El descanso es el periodo obligatorio durante el cual el trabajador no presta sus servicios y tiene derecho a gozar de su salario. (LFT, arts. 69–75).

Tipos:

  • Descanso semanal: un día por cada seis de trabajo (preferentemente domingo).

  • Descansos obligatorios: los establecidos en el art. 74 de la LFT (por ejemplo, 1º de enero, 1º de mayo, 16 de septiembre, etc.).

Pago si se labora en día de descanso (art. 75):
El trabajador que labora en su día de descanso tiene derecho a una retribución doble, además del salario normal.

Fórmula:

Pago total=Salario diario+(Salario diario×2)\text{Pago total} = \text{Salario diario} + (\text{Salario diario} \times 2)

📘 Referencia APA:
Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (2024). Ley Federal del Trabajo (arts. 69–75). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

lunes, 17 de octubre de 2022

LAS ATRIBUCIONES Y LAS FUNCIONES DEL CTE




 

LA MISIÓN Y LOS PROPÓSITOS DEL CTE

 

PROCESOS DE LA RUTA DE MEJORA ESCOLAR

 

¿Qué es la ruta de mejora escolar (RME)?

Es un sistema de gestión propio de cada escuela diseñado y acordado por el CTE, en el ejercicio de su autonomía de gestión, que incluye los procesos de planeación, implementación, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.

Sistema básico de mejora

 

Es la línea de política educativa con carácter nacional que considera: a) Cuatro prioridades educativas: mejora de las competencias de lectura, escritura y matemáticas; normalidad mínima de operación escolar; disminución del rezago y abandono escolar y desarrollo de la convivencia escolar. b) Cuatro condiciones generales: fortalecimiento de la participación social; fortalecimiento de la Supervisión Escolar; fortalecimiento de los Consejos Técnicos Escolares y de Zona, así como la descarga administrativa.


Las escuelas de organización incompleta incompleta, que sesionan bajo la presencia del supervisor, elaboran la planeación de la Ruta de Mejora Escolar a partir de la o las problemáticas comunes adecuando su implementación a sus necesidades y contextos específicos. 


El colectivo docente podrá diseñar o utilizar instrumentos para identificar y argumentar de manera específica la situación actual de la escuela en las prioridades educativas del Sistema Básico de Mejora Continua.

El diagnostico al que arribe el colectivo docente incluirá las causas internas y externas que generan las problemáticas, para diseñar acciones pertinentes que promuevan su solución.

 


 


 

 

El CTE usará los resultados de la autoevaluación para atender las prioridades y definir objetivos y metas de la Ruta de Mejora Escolar o, en su caso, para fortalecer y dar continuidad a lo iniciado en el ciclo escolar anterior.





ACUERDO NÚMERO 12/05/19


CLIC PARA CONOCER EL ACUERDO 12/05/19

¿Qué es el C.T.E.?



Condiciones generales de trabajo

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